Guía para iniciar procesos

En esta página encontrará documentos que le servirán de guía para dar inicio a los distintos procesos del Consejo de Calificación Cinematográfica.

Conforme a lo establecido en el Art. 20 del Reglamento del Consejo de Calificación Cinematográfica, el usuario deberá completar todos los antecedentes en el formulario de solicitud de calificación.

Una vez completado y firmado el formulario de solicitud, podrá ser enviado en formato digital a damaris.riquelme@mineduc.cl con copia a luis.mora@mineduc.cl, adjuntando los contratos de comercialización exigidos o, en su defecto, cualquier instrumento que acredite la titularidad de los derechos para tal efecto ( ley 17.336 Art. 27, 28, 29 y 30). Sin perjuicio de lo anterior, podrá realizar este proceso de manera presencial en oficinas del Consejo de Calificación Cinematográfica, si así lo requiere.

Así mismo, deberá presentar ante el Consejo, junto a la producción cinematográfica original contenida en un formato DCP o Blu-ray, sin sellos de agua, tal como se va a exhibir, los contratos de comercialización exigidos originales o copia autorizada ante notario o, en su defecto, cualquier instrumento que acredite la titularidad de los derechos para tal efecto (ley 17.336 Art. 27, 28, 29 y 30).

Una vez calificado el material en un formato específico, no se podrá solicitar copia de certificados en otro formato distinto al que se presentó a su calificación por primera vez, salvo que sea la misma versión y que acredite los derechos de comercialización, para el formato que solicita ( Art. 23 ley 19.846 ).

De no completarse íntegramente el formulario de solicitud y/o no acompañe la documentación correspondiente, el Consejo de Calificación Cinematográfica otorgará un plazo de 5 días hábiles, a fin de afinar el inicio del procedimiento.

De haber transcurrido dicho plazo en rebeldía del solicitante, se le tendrá por desistido (Art. 30 ley 19.880).